Los préstamos para pagar embargos son créditos que son concedidos con la finalidad de pagar los embargos que se puedan tener tanto en propiedades inmobiliarias, como sobre los ingresos de salarios, que en muchas ocasiones están en proceso de ejecución judicial.
Los créditos para pagar embargos normalmente son mediante garantía hipotecaria, y en muchos casos con asnef, que previamente han sido denegados por la banca tradicional debido al destino o la inclusión en ficheros de impagados.
Poder conseguir un crédito para pagar embargos pueden solucionar problemas muy urgentes como la paralización de procesos judiciales, subastas, además de embargos sobre nóminas, rentas, etc.
Como conseguir préstamos para parar embargos
Hay que tener bien claro que ningún banco va a conceder ninguna financiación para pagar y cancelar embargos y deudas impagadas.
El tener embargos es tener impagos, ejecuciones judiciales o deudas con las administraciones, que previamente nos habrán incluido en asnef.
Ninguna entidad financiera, por importante que sea el perfil financiero, financiará ni de forma personal o con garantía hipotecaria un crédito para cancelar embargos y deudas.
Ante esto, la única opción viable es recurrir a intermediarios financieros, los cuales intermediarán para conseguir un crédito y solucionar los embargos y la inclusión en asnef.
Hay que tener en cuenta que este tipo de créditos destinados a la cancelación de embargos se conceden siempre con garantía hipotecaria, por lo que en caso de no tener una propiedad o un avalista con propiedad pagada o una deuda residual, es casi imposible de obtener un crédito.
Si tiene embargos o se encuentra en asnef y necesita un crédito, no dude en contactarnos y le informaremos al momento de la viabilidad y los costes del préstamo.
¿Es interesante solicitar un crédito para cancelar embargos?
Por norma general sí, pero dependerá de cada caso.
En el caso de una única deuda a la Seguridad Social o Hacienda, estas constituyen hipotecas sobre los bienes a tipos de interés inferiores a los que le concedería cualquier entidad para tal fin, con lo que, en algunos casos, no es recomendable acudir a solicitar financiación de terceros.
En el caso de deudas en ejecución judicial que pueden llevar a la subasta del bien, es recomendable cancelar la deuda y el procedimiento lo antes posible.
Cuando los embargos son varios y todos están en recobro, es conveniente cancelarlos lo antes posible y recurrir a la financiación de terceros, con el fin de evitar múltiples reclamaciones y distintos procesos de pago de costas y gastos judiciales
¿Cómo funcionan los créditos para cancelar y pagar embargos?
Estos préstamos siempre se realizan mediante la intermediación de terceros. Normalmente son agentes o bróker hipotecarios con alta en el Banco de España y que están regulados. Hay que tener en cuenta, que al final, cualquier banco es un intermediario entre ahorradores y solicitantes de créditos, solo que a niveles superiores y con un mayor número de exigencia.
Este tipo de créditos con asnef para pagar deudas tiene cierto tipo de requisitos:
- Se constituyen como crédito hipotecario
- Hay que tener ingresos demostrables para el pago de la cuota
- La garantía debe de ser generalmente urbana y con un valor en el cual el total del préstamo solicitado no exceda del 40% del valor
El proceso para la solicitud de un préstamo con deudas y embargos es la siguiente:
- Al contactar con nosotros mediante unas preguntas le indicaremos la viabilidad de la operación
- Le pasaremos números aproximados y la documentación necesaria
- Una vez enviada la documentación, que suele ser mínima, se le pasa la aprobación y números definitivos en un máximo de 2 días normalmente
- Si el cliente la acepta, se tasa la propiedad
- Una vez tenemos el resultado de la tasación, se elabora la documentación contractual, se le envía al cliente y este elige libremente la notaría en la que desea realizar la firma
Una vez realizada la firma ante notario, se le abona en cuenta que se designe en la escritura la liquidez solicitada, sin necesidad de cambiar de banco o apertura de nuevas cuentas.
El plazo de amortización de este tipo de préstamos es de un máximo de 20 años.
¿Qué Embargos puedo cancelar con estos préstamos?
Puede cancelar cualquier embargo, independientemente del importe y del estado en que se encuentre, incluso a fecha de subasta vista, es decir, con fecha de celebración.
Como norma general, los préstamos para cancelar embargos más frecuentes son:
- Embargos de la Seguridad Social
- Embargos de Hacienda Estatal o Regional
- Embargos de deudas y créditos impagados de Bancos
- Embargos de proveedores o entidades con la que se haya tenido una relación comercial