Cuando desaparecen las deudas y antiguos embargos 

Es muy común que mucha gente tenga antiguas deudas que provienen de viejos créditos impagados, embargos o cualquier otra procedencia que con el paso de los años pensamos que ya están prescritos y que se han olvidado, pero esto en muchos casos no es así. 

Las deudas, si no se ha realizado ninguna acción judicial, normalmente prescriben a los 5 años desde el ultimo pago. En caso de la deuda sea solicitada judicialmente, la prescripción se interrumpe. En caso de que el procedimiento sea a favor del deudor se puede llegar a embargar todos los bienes presentes y futuros del deudor. En muchos casos se establecen embargos que hay que renovar cada 4 años. Es muy común que estos embargos caduquen y los deudores vean que sus cuentas o ingresos dejan de tener estos embargos y piensen que ha prescrito, pero esto no es así. Puede solicitarse al juzgado su renovación en cualquier momento y esto llevará a que vuelvan a estar vigentes. 

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Podemos asesorarle, negociar sus deudas y obtener financiación para su pago

Como puedo anular estos embargos 

Es muy habitual ahora escuchar la ley de la segunda oportunidad, que es una opción, pero en muchos casos no es la única ni la mejor dependiendo del patrimonio ni la cantidad de deudas. 

Hay que distinguir los casos de deudas impagadas por falta de liquidez, pero con patrimonio o deudas como hipotecas y embargos que no dejan vender propiedades o activos pues la cantidad que se debe es mucho mayor que el patrimonio. 

Según cada caso, hace falta un estudio particular. En muchos casos las deudas han sido vendidas a terceras personas o fondos buitras que suelen negociar el pago a plazos o con grandes quitas, pues en muchas ocasiones no pagan ni el 10% de la deuda en el momento de la compra. 

Es posible conseguir financiación para cancelar deudas si existe un patrimonio para hipotecar. Existen casos como en administraciones públicas que se embargan todas las deudas por el total y el importe que aparece en registros es mayor al real. 

Si quiere ver la opción de negociar y obtener financiación para la eliminación de antiguas deudas, consúltenos y estudiaremos su caso. 

Qué tipo de deudas se puede negociar 

Toda deuda es posible de negociar y liquidar, hipoteca, préstamo o embargo con la excepción de las que se tengan con las administraciones, seguridad social y hacienda, sobre todo. Existen casos en los que incluso con administraciones locales se pueden negociar deudas con pequeños ayuntamientos, los cuales, dando ya una deuda como incobrable, pueden entrar a negociar antiguos impuestos municipales. 

Es muy común que incluso hipotecas impagadas o anotaciones de embargos, avales sobre propiedades, etc.  que están respaldadas con propiedades puedan tener quitas con las entidades de crédito con tal de mejorar balances y evitar costas judiciales. Incluso, en caso de haber sido vendidas a fondos de inversión, estos son más receptivos al pago con quita y eliminación de la deuda con una importante rebaja, siempre que en sus balances aparezca una rentabilidad mínima para su contabilidad. 

Si quiere negociar con fondos buitres con los que le reclaman antiguas deudas y no sabe cómo empezar, llámenos y lo haremos nosotros por usted. 

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