Forma de comprar la casa a mi pareja
En muchos casos, cuando se vive en común con una persona, se inicia una vida compartiendo vivienda, bien en alquiler o comprando una, se esté casado o no, se compran viviendas solicitando una hipoteca al banco para la compra.
Sin embargo, si la relación no va bien y se termina, en multitud de casos se vende la vivienda, se recogen los beneficios y cada uno se va por su lado, sin más problema.
Sin embargo, la venta de la vivienda no es algo que sucede siempre, pues en muchos casos se dan otras opciones mejores o peores según para cada uno, que tiene diferentes consecuencias
Formas de Comprar la casa a la pareja
En muchos casos, hemos visto que los cónyuges o convivientes llegan a un acuerdo sin introducir a terceros para venderse la propiedad el uno al otro sin implicar a terceros.
En estos casos, se venden la propiedad mediante una contraprestación llegando a acuerdos del comprador quedarse con la responsabilidad de la hipoteca sin informar al banco. Esto suele ser un problema y realmente una chapuza, pues es banco es una parte implicada que no se ha tenido en cuenta.
Esto lleva a que realmente ambos sigan respondiendo solidariamente de la hipoteca, lo cual a la parte vendedora perjudicará en el futuro al solicitar un nuevo préstamo pues seguirá teniendo una responsabilidad hipotecaria que puede hacer que se deniegue automáticamente la hipoteca a la hora de solicitar otra para la compra de otra vivienda
En otros caso se hace de forma correcta, informando al banco, por lo que se realiza una nueva hipoteca o bien se modifica la anterior excluyendo a la parte vendedora de la obligación, por lo que no tendrá riesgos de cara a un futuro préstamo.
Extinción de condominio
Cuando se realiza una compra a la pareja de la propiedad o se quiere comprar una propiedad a medias con otra persona, hay que pagar el ITP de la parte que se compra, lo cual puede llevar según se encuentre la propiedad a un gasto muy importante, en función del valor de esta.
En algunos lugares el ITP es del 10%, por lo que una propiedad de 300.000 € puede llevar a un pago de 15.000 € de ITP. Sin embargo, hay opciones como la extinción de condominio que puede bajar sustancialmente esta pago, rebajándolo a pagar el impuesto de actos jurídicos documentados sobre la totalidad del valor, pero que es sensiblemente inferíor, siendo en algunos lugares de España incluso del 0,5%
Esto puede llevar a ahorros del 80% del valor del ITP, por lo que es una buena opción a la hora de vender la casa a la pareja o al otro propietario independientemente de la relación que se tenga con él.
En cuanto a los gastos de constitución de hipoteca, lo mejor es la constitución de una nueva hipoteca, más ahora que estos gastos son por cuenta de la entidad prestataria, pues Hacienda en casos como quitar un avalista o un titular, puede gravarlos con cantidades importantes según su criterio, lo cual aumenta los gastos.
El banco no me permite comprar la casa a mi pareja
En muchos casos, la entidad financiera que tiene la hipoteca, no permite realizar la operación de venta modificando la hipoteca según el cliente. Para la entidad bancaria se está perdiendo un titular que aporta estabilidad e ingresos para afianzar la operación, e incluso en algunos casos avalistas que este titular ha aportado a la operación, por lo que el riesgo de insolvencia aumenta.
Si el banco le pone problemas a la hora de modificar o realizar una nueva hipoteca para comprar la parte proporcional de la vivienda del otro titular, consúltenos y le informaremos de las opciones.
Podemos gestionar y le haremos un estudio de forma inmediata sobre las posibilidades reales de realizar la operación sin coste ni compromiso alguno.